Los últimos años de la vida laboral, en algunas ocasiones, pueden ser motivo de malestar y cansancio físico y psicológico para algunas personas. Por ello, es importante saber y conocer las posibilidades que como trabajadores se nos ponen a disposición y cómo ayudar a que las empresas, a las cuales hemos aportado gran parte de nuestra vida, sigan prosperando y mejorando.
La jubilación parcial es una de estas coyunturas y vamos a explicar cómo hacer que toda la empresa se beneficie de ello.

¿QUÉ ES Y DÓNDE SE TRAMITA?
La Seguridad Social considera la jubilación parcial aquella que se inicia después del cumplimiento de los 60 años, simultánea con un contrato de trabajo a tiempo parcial y vinculada o no con un contrato de relevo celebrado con un trabajador en situación de desempleo o que tenga concertado con la empresa un contrato de duración determinada. Es, por tanto, una reducción en la jornada laboral que teníamos pactada con la empresa.
Es delante de este organismo ante el cual tendremos que tramitar este tipo de gestión de forma personal, ya que implica a nuestro futuro. Queremos hacer esta aclaración, porque en algunas ocasiones se puede pensar que, como tiene que ver con la empresa, es esta la que se tiene que encargar de la tramitación. Nada más lejos de la realidad.
Hay que ver las circunstancias y cotización de cada trabajador de forma particular para aprobar y poder solicitar este tipo de jubilación, pero, desde la generalidad, se puede contemplar la jubilación parcial desde los 60 años. Para concretar y obtener información más detallada será necesario acudir a las oficinas de la Seguridad Social.
TIPOLOGIAS
En primer lugar, como ya hemos comentado, esta reducción de jornada puede hacerse en diferentes porcentajes. Desde un 25% hasta un 75 %, si las condiciones son favorables.
Por otro lado, las horas correspondientes a esta jubilación parcial pueden estar agrupadas o segmentadas. Esto quiere decir que si, por ejemplo, tenemos un porcentaje del 50% de nuestra jornada desde 2023 hasta 2026, implicaría asistir la mitad de nuestra jornada todos los días laborables. Pero si las agrupamos, podríamos, haciendo el recuento de todas las horas efectivas de trabajo, realizarlas todas juntas en régimen de jornada completa, reduciendo por tanto los días que tendríamos que acudir al trabajo. Obviamente, para este tipo de solicitudes extraoficiales, será necesario el consecuente pacto entre trabajador y empresa.
En segundo lugar, existe la jubilación parcial con o sin relevista, siendo esto un acontecer cuyo único decisor es la propia empresa. Un relevista es la persona que, como su propio nombre indica, cogerá el relevo del puesto de trabajo cuando la jubilación sea efectiva. Esta atribución será en compensación al resto de la jornada que resta sobre el porcentaje de jubilación parcial que se haya cogido el titular del puesto de trabajo.

¿QUÉ BENEFICIOS TIENE?
Como ya hemos visto, el primer beneficio es que para el trabajador implica una reducción de horas de jornada laboral, manteniendo un poder adquisitivo mayor que el de la jubilación ordinaria y cotizando a la Seguridad Social.
En segundo, el poder ir dejando al relevista las tareas que implican nuestro día a día hará que la empresa se resienta menos de nuestra ausencia y que el relevista pueda ir cogiendo el ritmo necesario para que el trabajo salga de forma efectiva.
Y, por último, pero no por ello menos importante, el beneficio emocional de tener la seguridad de que hemos hecho y actuado en pro de nuestras necesidades y gustos, pero dejando un buen legado laboral y personal.

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